Ansemat recuerda que los vehículos agrícolas no sufren las restricciones del estado de alarma

26/03/2020

La Asociación Nacional de Maquinaria Agropecuaria, Forestal y de Espacios Verdes (Ansemat) ha querido aclarar la situación legal de las empresas del sector tras la reciente publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de las modificaciones al Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.


“Conforme a lo establecido en el artículo 1.2”, señala el comunicado de Ansemat, “quedan excluidos de las restricciones de circulación, siguiendo las pautas establecidas por la legislación vigente, los vehículos destinados a la producción, distribución, alquiler y reparación de equipos y maquinaria para la agricultura, la pesca, la ganadería, y su industria asociada, lo que incluye la actividad realizada por fabricantes de máquinas y sus componentes, distribuidores y concesionarios, empresas de alquiler, y de reparación y mantenimiento de máquinas para la agricultura y ganadería”.

La Asociación pide a todas estas empresas que sigan las medidas y protocolos de seguridad para eliminar el riesgo de contagio por el virus durante el desarrollo de todas sus actividades.

Además, Ansemat agradece a los profesionales del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación “su apoyo continuo al sector, y más aún en estos momentos, en los que están trabajando sin descanso”.

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