Marco legislativo de los bioestimulantes

02/07/2019

Por Camino García Martínez de Morentín, directora de relaciones institucionales y comunicación de AEFA

Este pasado mes de mayo el Parlamento Europeo ha aprobado el Nuevo Reglamento de Fertilizantes, que incluirá, aparte de los abonos fertilizantes inorgánicos que ya recogía el Reglamento 2003/2003, los abonos orgánicos, las enmiendas, y, entre otros productos, los bioestimulantes, reconocidos por primera vez como productos fertilizantes.


Puede decirse que el sector de la agronutrición está de enhorabuena: este mes de mayo el Consejo y el Parlamento Europeo han aprobado el nuevo Reglamento Europeo de Fertilizantes, que bajo el marco de la economía circular pretende englobar todas las categorías de fertilizantes. Esta nueva normativa, pendiente aún de publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea (previsiblemente en el mes de julio, a más tardar) sustituirá al actual Reglamento 2003/2003 y entrará en vigor tres años después de su publicación, en julio de 2022, cuando podrán salir al mercado los primeros fertilizantes con el nuevo marcado CE.

Desde que comenzó a fraguarse esta normativa en 2011, cuando se inició el proceso de consulta, hasta su aprobación este mayo en el Consejo y Parlamento Europeo, han sido muchos años de trabajo en los que España ha estado muy involucrada como Estado miembro y en los que AEFA como asociación ha estado presente colaborando en diversos grupos de trabajo y comités tratando de transmitir las necesidades de la industria que debían recogerse en esta legislación.

Este nuevo Reglamento permitirá la libre circulación de los fertilizantes en todo el territorio europeo, potenciando la economía circular y la agricultura sostenible promoviendo un mayor uso de materiales reciclados y reduciendo los residuos y la dependencia de nutrientes importados. También aporta una mayor seguridad jurídica a los fabricantes y facilita el acceso al mercado de productos innovadores que ofrecen a los agricultores posibilidad de mejorar el rendimiento y calidad de sus cosechas.

Como ya se ha indicado, una de las novedades de esta legislación es que, por primera vez, se incluyen, bajo el amparo de una misma normativa, los fertilizantes inorgánicos orgánicos y organominerales junto a otros productos como son los medios de cultivo, las enmiendas, los bioestimulantes o los aditivos (entre otros). También se establecen nuevos límites contaminantes para el Cadmio (que han generado bastante controversia), los componentes de uso múltiple, se indican las sustancias y mezclas que pueden añadirse como aditivos agronómicos y se aporta una definición y unos requisitos para la fabricación y comercialización con marcado CE de los productos bioestimulantes, modificando con ello el Reglamento Europeo 1107/2009 sobre productos fitosanitarios.

En esta nueva legislación, los fertilizantes se clasificarán en categorías funcionales de productos (CFP), según su función: CFP 1 Abonos o fertilizantes; CFP 2 Enmiendas calizas; CFP 3 Enmiendas del suelo; CFP 4 Sustratos de cultivo; CFP 5 Inhibidores; CFP 6 Bioestimulantes; y CFP 7 Mezclas de productos fertilizantes.

Esta nueva CFP 6 es uno de los puntos que más interesa del nuevo reglamento a los asociados de AEFA, que abarcan aproximadamente el 80% de la producción nacional de bioestimulantes. La anterior legislación no era favorable al desarrollo e innovación de estos productos dentro del sector pese a que se estima que el mercado de bioestimulantes en Europa alcanzó, ya en 2015, los 575 millones de euros.

Aunque los bioestimulantes son productos altamente demandados y establecidos en muchas zonas del mundo, hasta ahora no han estado regulados adecuadamente, y por tanto, su puesta en el mercado era complicada. En este nuevo reglamento por primera vez, se aporta una definición clara de estos productos y se establecen unas normas para poder establecer su comercialización de una manera segura y fiable por todo el territorio europeo. Según la definición recogida en el Anexo 1 del Reglamento en cuestión, “los bioestimulantes de las plantas son productos que estimulan los procesos de nutrición de las plantas con independencia de su contenido en nutrientes, con el único objetivo de mejorar una o varias de las siguientes características de las plantas y su rizosfera: eficiencia en el uso de los nutrientes, tolerancia al estrés abiótico, características de calidad o disponibilidad de nutrientes inmovilizados en el suelo y la rizosfera”. Sus efectos deberán estar declarados correctamente en la etiqueta para las plantas especificadas en ella y su eficiencia y acción bioestimulante demostrada y deberán cumplir unos límites para metales pesados y patógenos.

Dentro de la categoría funcional CFP6 aparecen dos subtipos de productos bioestimulantes según su origen; bioestimulantes microbianos y no microbianos. La categoría de bioestimulantes microbianos deberá cumplir unos requerimientos adicionales de seguridad. Actualmente se ha aprobado una lista positiva de solamente cuatro microorganismos que se pueden utilizar (incluidos en la categoría 7 de materiales componentes) pero como indica el Artículo 42, existe la posibilidad mediante actos delegados de ir incluyendo más microorganismos en la lista para adaptarse a los avances de la investigación y necesidades de los fabricantes, agricultores y consumidores.

Al ser una categoría de productos novedosa de origen químico o microbiano y con diferentes modos de acción y funcionalidades queda aún mucho trabajo por hacer, ya que es necesaria la preparación de unas normas armonizadas y unos estándares y metodologías para su evaluación. En 2017 se aprobó la creación del grupo de trabajo CEN/TC 455 “Bioestimulantes de las plantas” donde AEFA ha participado activamente y que, desde entonces, y hasta que entre aplicación la normativa en 2022, trabaja en la preparación de estos nuevos estándares y metodologías.

Legislación nacional

Respecto a la legislación española, en diciembre de 2017 se publicó el Real Decreto 999/2017 que modificaba el Real Decreto 506/2013 sobre productos fertilizantes. En él, haciendo caso a las necesidades de la industria y a los avances del desarrollo tecnológico, se incluía como novedad la posibilidad de poner en el mercado productos con efecto bioestimulante a base de microorganismos mediante la inclusión en el Anexo I del grupo 4.4 “Productos especiales basados en microorganismos“. Tal y como se menciona en el Artículo 18 bis del mencionado Real Decreto “Para elaborar productos fertilizantes solo podrán emplearse microorganismos que hayan demostrado que solos o mezclados con un abono, con independencia de su contenido en nutrientes, estimulan los procesos biológicos de la planta mejorando la eficiencia de la planta en la absorción o en el uso de nutrientes, su tolerancia al estrés abiótico o la calidad de la cosecha”.

Los productos incluidos en este subgrupo deberán incluirse en el Registro de Productos Fertilizantes con los mismos requerimientos que cualquier producto de los que necesita inscripción (aquellos elaborados con materiales de origen orgánico de los grupos 2, 3 y 6 del anexo I). Además deberá depositarse el microorganismo en una colección oficial, y tendrá que presentarse un informe con el protocolo de aislamiento, identificación y crecimiento, y un informe positivo de los ensayos de eficacia y eficiencia agronómica por grupos de cultivo, ambos informes realizados por un organismo independiente.

La preparación de estos informes para demostrar la eficiencia agronómica de los productos es un proceso complejo y largo (en los ensayos hay que llegar hasta cosecha), y la falta de experiencia de las empresas en su realización hace que, a día de hoy, haya muy pocos productos registrados. Gran parte de las empresas de AEFA, volcadas desde hace años en la investigación y desarrollo de productos basados en microorganismos, están inmersas en este proceso y esperamos que en los próximos meses vayan aprobándose los registros y las empresas puedan comenzar a distribuir de manera fluida estos productos bajo la legislación nacional.

Armonización opcional

Hay que recordar que el nuevo Reglamento de Productos Fertilizantes ofrece la posibilidad de una armonización opcional permitiendo que los Estados miembros de la Unión Europea puedan mantener sus legislaciones y normas específicas nacionales, por lo que cada fabricante deberá decidir bajo qué norma etiquetar y registrar sus productos.

Nuestras empresas, con un fuerte carácter exportador (el 50% de las ventas de nuestros asociados son fuera de nuestro país y están presentes en más de 100 países en los cinco continentes) esperan que este nuevo marcado CE facilite la producción y circulación de los bioestimulantes en el mercado europeo, de una manera segura y sin aportar riesgos para la salud humana, animal y vegetal, la seguridad y el medio ambiente, con unos estándares de calidad exigentes y sin las desventajas competitivas frente a otros productores del mundo con las que han tenido que estar conviviendo en los últimos tiempos.

Hasta que empiecen a comercializarse los primeros productos bioestimulantes con marcado CE quedan aún tres años de intenso trabajo; de la administración, de los productores para adaptarse a las nuevas normas y requisitos que exige el marcado CE, y de las asociaciones del sector colaborando con todos los organismos y tratando de mejorar los aspectos de esta normativa que aún se quedan cortos para las necesidades de un sector que apuesta por la innovación como respuesta a los desafíos planteados para la agricultura del futuro.

A tener en cuenta

Una de las funciones de AEFA es su colaboración y compromiso con la transferencia tecnológica y la divulgación técnica. En marzo tuvo lugar la tercera edición de AEFATech, la marca de jornadas técnicas de la asociación que en esta edición se centró precisamente en el nuevo Reglamento Europeo y la normativa nacional respecto a productos basados en microorganismos, con ponencias de expertos de reconocido prestigio en el sector.

Las empresas de AEFA son pioneras en España y en el mundo en la innovación y fabricación de productos bioestimulantes de las plantas, invirtiendo anualmente más de un 10% de su facturación en I+D+i, con una importante base biotecnológica y expertos en sus plantillas altamente te cualificados para crear productos que aumenten los rendimientos y calidad de los cultivos.

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