29/08/2019
La nueva Directiva sobre Prácticas Comerciales Desleales (UTP’ s) recoge un total de quince prohibiciones relacionadas con las operaciones que se llevan a cabo a lo largo de la cadena de suministro o alimentaria, desde el agricultor hasta el consumidor. En algunos Estados de la Unión Europea, como España, existía una legislación previa que, de una manera u otra, cumplía ese control, lo que provoca un cierto escepticismo entre agricultores, fabricantes y distribuidores minoristas.
“En España y para el sector agroalimentario, en 2013 se aprobó la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena agroalimentaria” dice Paloma Sánchez, directora de Competitividad y Sostenibilidad de FIAB (Federación de Industrias de Alimentación y Bebidas), “la cual ha sido pionera en Europa y ha servido de base para la nueva legislación de la UE, es decir, ha sido nuestro modelo el que ha inspirado a otros países a regular las relaciones comerciales”.
La directiva a la que se refiere la portavoz de la patronal de la industria alimentaria recoge, por primera vez para el ámbito de la Unión Europea, las prohibiciones relacionadas con prácticas comerciales desleales; su objetivo es defender al más pequeño, especialmente al productor en origen, agricultores o procesadores, pero también a las pymes industriales, haciéndolo extensivo a las operaciones comerciales de todo el espectro europeo. Es más, la ley cubre las operaciones de agricultores, procesadores y marcas que, aún fuera de la Unión Europea, vendan a un comprador establecido en uno de los 28 estados de la UE.