29/01/2020
Tal y como informa Geslive en un comunicado, los condenados producían ilegalmente grano de la variedad protegida ‘Meseta’ para comercializarla a posteriori entre los agricultores como material de reproducción y multiplicación a un precio sensiblemente inferior que el de la semilla certificada.
“La reproducción y producción no autorizada de variedades de cereales protegidas constituye un grave problema en las zonas cerealistas españolas”, señalan fuentes de Geslive. “Este fraude masivo tiene nefastas consecuencias, no solo para los obtentores de nuevas variedades vegetales a los que se están causando pérdidas multimillonarias cada año, sino también para todo el conjunto del sector”.
Para la empresa asesora filial de Anove, “con este tipo de prácticas ilegales se daña la imagen de la producción española en el extranjero y se pone en riesgo la seguridad para el consumidor, pues este material clandestino, fuera del sistema oficial de control y certificación, no ofrece ninguna garantía de que pertenezca verdaderamente a la variedad que se indica ni de sus condiciones fitosanitarias”.
La modificación efectuada en el Código Penal, por la Ley 1/2015 de fecha 30 de marzo, establece que la explotación no autorizada de variedades vegetales protegidas constituye un delito castigado hasta con tres años de prisión.