05/12/2022
Se trata de una medida incluida en la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se desarrollan para el año 2023 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. El sistema de estimación objetiva agraria es el mayoritario entre los agricultores y ganaderos de nuestro país, con unos 850.000 declarantes cada año.
Como principal novedad destacan estas medidas excepcionales para paliar el efecto del precio de los insumos en las actividades agrícolas y ganaderas. Además, se mantienen los índices correctores aplicables al rendimiento neto minorado que se aplicaron excepcionalmente en la declaración de la renta de 2021, por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica.
En este último caso, se mantiene en los niveles de 2021 el índice aplicable por uso de electricidad para el riego, con una reducción de un 25% del rendimiento neto extensible a todos los regadíos.
Asimismo, los agricultores y ganaderos, al igual que el resto de contribuyentes que tributen en módulos, se beneficiarán de una reducción del rendimiento neto del 15% en 2022 y del 10% en 2023, frente al 5% en que se fija habitualmente esta reducción.