22/12/2022
Este registro incrementa la protección de los productores primarios y sus agrupaciones, ya que facilitará las funciones de inspección y control de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) y de las autoridades de ejecución de las comunidades autónomas, encargadas de velar por el cumplimiento de las obligaciones en materia de cadena alimentaria en el ámbito de sus competencias. De esta forma, asegura el MAPA, se logra una mayor seguridad jurídica de las relaciones comerciales y una estructuración más eficiente de la cadena de valor.
En este marco, el real decreto aclara quiénes son los sujetos obligados a la inscripción de los contratos alimentarios que, según la ley de la cadena, corresponde a los compradores que formalicen los contratos con los productores primarios y sus agrupaciones. También precisa el procedimiento de inscripción, que será de forma intuitiva y sencilla, y que debe realizarse antes de la entrega de los productos objeto del contrato, así como cuando se produzcan modificaciones del contrato pactadas por ambas partes.
El registro dependerá orgánicamente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y estará adscrito a la Agencia de Información y Control Alimentarios. El acceso se realizará a través de la página web de AICA.
No obstante, y con la finalidad de garantizar la operatividad de la aplicación electrónica del registro, se podrá realizar la inscripción de los contratos alimentarios desde el próximo 31 de enero de 2023, si bien no tendrá carácter obligatorio hasta el 30 de junio de 2023.