28/07/2020
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha abierto el proceso de información pública del proyecto de real decreto que establece las normas básicas para la aplicación del artículo 167 bis de la Organización Común de los Mercados Agrarios (OCMA) en el sector del aceite de oliva, y que permitirá contar con un mecanismo de retirada obligatoria para los productos del olivar. De esta forma, además del sector vitivinícola, el sector olivarero se beneficiará de su inclusión en el citado artículo 167.
La medida, explica el ministerio, permitirá, a partir de la entrada en reglamento, cuya aprobación está prevista este otoño, equilibrar el funcionamiento del mercado de los aceites de oliva, mediante un ajuste de la oferta y la demanda. De esta manera, cada vez que la situación de campaña lo haga necesario, se podrán llevar a cabo actuaciones concretas de regulación, mediante orden del MAPA, previa consulta con los representantes del sector.
Este real decreto forma parte del decálogo de medidas para el sector del olivar presentado por el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, en junio. El proyecto de norma contempla la posibilidad de emplear, según el estado las de campañas, medidas como la retirada de producto hasta la campaña siguiente o destino de este a uso no alimentario; planificación de la producción mediante cosecha temprana; y regulación del rendimiento de extracción de aceite de la pasta de aceituna.
La norma será de aplicación a todos los productores de aceituna destinada a aceite de oliva y a los operadores que elaboren o comercialicen aceites de oliva y de orujo de oliva en España. Se pretende que esté lista para poder ser aplicada cuando entre el vigor el Reglamento transitorio de la PAC en el que está incluida la extensión del citado artículo 167.
La documentación sobre este proyecto se puede consultar pinchando aquí.