31/08/2021
Con este real decreto por el que se aprueba la norma de calidad del aceite de oliva y de orujo de oliva, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación quiere impulsar la calidad de este alimento, fomentar el conocimiento de sus propiedades entre los consumidores españoles y situarlo en el lugar que le corresponde.
Con el fin de evitar confusiones entre los consumidores, los términos “virgen” y “virgen extra”, denominaciones para el puro zumo de aceituna, solo se podrán utilizar para el aceite de oliva y no para ninguna otra grasa vegetal en el mercado español.
También se refuerza la prohibición de mezclar aceite de oliva con otros aceites. A partir de ahora, queda prohibido que alimentos que llevan en su composición aceite de oliva puedan destacarlo en la denominación de venta (si deberán hacerlo en la lista de ingredientes) con el fin de evitar engaños al consumidor. Por ejemplo, los aliños o condimentos con base de aceite de oliva no podrán utilizar las menciones “aceite de oliva u orujo de oliva” en su denominación comercial.
Garantizar a los consumidores un producto de máxima calidad
En esta misma línea de garantizar a los consumidores un producto de máxima calidad, se prohíbe en España la práctica conocida como ‘refrescado’, que consiste en mezclar aceites de oliva vírgenes de la campaña en curso con otros de campañas precedentes a fin de mejorar las características organolépticas del producto más antiguo. Por contra, afectaba a la durabilidad del aceite que se acortaba frente a la de los aceites de las campañas en curso. Se trata de una práctica permitida en la normativa anterior, de hace casi 40 años.
El sector demandaba esta actualización normativa en aras de una leal competencia entre todos los operadores. A partir de ahora, el sector oleícola contará con un plan nacional específico de control de trazabilidad, coordinado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y gestionado por las autoridades competentes de las comunidades autónomas. Se trata de un refuerzo del control oficial en todo el sector que revertirá en más garantías para el consumidor.
La búsqueda de la máxima transparencia también se va a reforzar con la publicación de informes de resultados de los controles de conformidad y de trazabilidad del producto. El acceso de los consumidores a estos informes es otro elemento para trasladarles la máxima seguridad sobre los productos que consumen.
Por primera vez, se obliga a llevar un sistema de trazabilidad estandarizado, muy exigente, que redundará en mayores garantías para el consumidor. Además, se obliga a que los movimientos de aceite vayan amparados por documentos de acompañamiento, herramienta indispensable para un mayor control. Así, los movimientos de aceites a granel deberán ir acompañados de un boletín de análisis que garantice que la categoría declarada es la que dice ser. Este sistema de control, que no existe en ningún otro país del mundo, coloca a España en cabeza de las exigencias de calidad del aceite de oliva.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación pondrá a disposición del sector y autoridades de control un sistema informático para realizar la notificación previa y obligatoria de cualquier movimiento que afecte al producto.
Para promover la imagen del aceite de oliva virgen extra (AOVE), se elaborará un código de buenas prácticas de adhesión voluntaria, consensuado entre los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y el de Consumo, así como con las asociaciones representativas del sector productor, de la industria, de la distribución y de los consumidores.