05/04/2019
El R167 establece el marco legislativo bajo el cual homologar los vehículos agrícolas o forestales para su comercialización en la Unión Europea. De él penden cuatro reglamentos delegados y uno de ejecución. Los reglamentos delegados –Construcción, Frenado, Eficacia Medioambiental y Seguridad Funcional– establecen los requisitos técnicos y procedimientos de ensayo, cuando proceda, que deben cumplir los vehículos agrícolas y forestales en las materias relacionadas con los tres pilares fundamentales que garantizan la seguridad de los vehículos y los usuarios de la vía: seguridad funcional, seguridad laboral y eficacia medioambiental.
El reglamento de ejecución –Administrativo– es el que establece los requisitos y disposiciones administrativas aplicables a la homologación de los vehículos agrícolas y forestales.
El R167 es aplicable a las siguientes categorías de vehículos:
- Tractores, tanto de ruedas (T), como de orugas (C);
- Remolques agrícolas (R);
- Máquinas remolcadas (S), renombradas como equipos intercambiables remolcados.