Prorrogado hasta el 15 de junio el plazo de presentación de ayudas de la PAC

23/04/2020

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado en el BOE la orden que amplía hasta el 15 de junio el plazo de presentación de la solicitud única de las ayudas directas de la Política Agraria Común (PAC) para el año 2020.


Asimismo, según informa el Ministerio, para evitar retrasos, en esta campaña se podrán reducir los controles sobre el terreno que se realizan a las solicitudes y se estudiará si existen casos de fuerza mayor para evitar penalizaciones y los anticipos se podrán pagar a partir del 16 de octubre, por un importe del 70% en el caso de las ayudas directas y del 85% en el caso de las medidas de los programas de desarrollo rural. 

Inicialmente, el plazo para la presentación de solicitudes se inició el 1 de febrero y su finalización estaba prevista para el 30 de abril. Pero ante la grave situación creada por la crisis sanitaria del COVID-19 y la declaración del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, este plazo ya fue ampliado hasta el 15 de mayo, la fecha máxima permitida en la reglamentación comunitaria. 

No obstante, el MAPA solicitó a la Comisión Europea (CE) una mayor flexibilidad para facilitar a los agricultores y ganaderos las gestiones en la tramitación de las ayudas para dar mayor seguridad a los beneficiarios de la PAC. Esta petición fue atendida por la CE, que el pasado 7 de abril publicó una modificación reglamentaria para permitir la ampliación de los plazos.

En determinados casos, como en un cambio en el plan de siembra, los solicitantes de las ayudas podrán presentar hasta el 30 de junio una modificación de su solicitud única. Asimismo, el 30 de junio será la fecha límite para la presentación de las comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico y es la fecha que se toma como referencia para el cumplimiento de algunos requisitos de las ayudas directas, como el de la obligación de tener a su disposición las parcelas por las que se solicitan las ayudas. 

Por otro lado, en el caso de aquellos productores que como consecuencia de la crisis sanitaria no puedan cumplir las condiciones de elegibilidad establecidas para el cobro de determinadas ayudas, serán los organismos pagadores quienes determinen si procede aplicar la consideración de caso de fuerza mayor para evitar penalizar al beneficiario. El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) publicará en breve los detalles de cómo gestionar estos casos.

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