24/09/2018
Se trata de un norma de carácter nacional que desarrolla las disposiciones relativas a las ayudas de la Unión Europea a través de los programas operativos de las organizaciones de productores del sector hortofrutícola. Su objetivo es recoger algunos aspectos que la normativa comunitaria deja a Estados miembros para su desarrollo. También persigue que las autoridades competentes de las comunidades autónomas y las Organizaciones de Productores tengan seguridad jurídica en todo el procedimiento de gestión de estas ayudas, que ascienden a 200 M€ al año.
De esta forma, el nuevo real decreto contempla la inclusión de las nuevas disposiciones del Reglamento Ómnibus, que incluyó modificaciones de la Política Agrícola Común (PAC), y sus correspondientes reglamentos de desarrollo de la Comisión Europea. Entre ellas figuran la nueva acción de prevención y gestión de crisis de “asesoramiento a productores individuales por parte de Organizaciones de Productores o Asociaciones de Organizaciones de Productores", la ampliación de acciones ya existentes con “diversificación y consolidación de mercados” y la “reposición de fondos mutuales” o la flexibilización de la incompatibilidad de estas ayudas con la medida de creación de Organizaciones de Productores de Desarrollo Rural.
También se contempla la inclusión de las medidas estructurales que afectan a los programas operativos recogidas en el “Plan de Medidas para el Sector de la Fruta Dulce” para contribuir al equilibrio de oferta y la demanda en este sector, y los cambios de redacción solicitados por las comunidades autónomas y el sector con el fin de mejorar la seguridad jurídica.
Con esta nueva norma se prorroga la fecha límite para la presentación de los programas operativos, sus modificaciones y el fondo operativo para el año siguiente, del 15 de septiembre al 5 de octubre, tal y como permite la normativa de la Unión Europea.