El Congreso de los Diputados ha aprobado la convalidación del Real Decreto-Ley 12/2011, de 26 agosto, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Aguas, añadiendo una nueva disposición adicional decimocuarta sobre competencias autonómicas en materia de policía de dominio público hidráulico.
La ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (MARM), Rosa Aguilar, ha afirmado que con esta modificación se da respuesta a las Comunidades Autónomas que tengan previsión estatutaria al respecto (Andalucía, Cataluña y Aragón), para que puedan asumir competencias en materia de policía de dominio público hidráulico.
En este sentido, la ministra ha resaltado que, en virtud de la nueva disposición, corresponderá a estas Comunidades la competencia ejecutiva sobre las facultades de policía de dominio público hidráulico y la tramitación de los procedimientos a las que den lugar dichas actuaciones hasta la propuesta de resolución.
Las funciones de policía previstas son la inspección y control del dominio público hidráulico, la inspección y vigilancia del cumplimiento de las condiciones de concesiones y autorizaciones relativas al dominio público hidráulico y la realización de aforos, información sobre crecidas y control de la calidad de las aguas.
De este modo, asegura, se responde a los pronunciamientos dictados por el Tribunal Constitucional y cumple con estricto respeto con la legislación europea y, concretamente, con la Directiva Marco de Aguas.
Además, la modificación prevé para los órganos competentes de las Comunidades Autónomas el reconocimiento del carácter de autoridad pública, lo que garantiza la eficacia y continuidad de sus actuaciones.
Rosa Aguilar ha incidido en que esta nueva disposición adicional da cumplimiento a las previsiones estatutarias, en el marco de la reciente doctrina sentada por el Tribunal Constitucional, lo que contribuye a la seguridad jurídica en las relaciones intracomunitarias en materia de aguas.
Regantes y ecologistas, en contra
Esta reforma ha puesto en pie de guerra a asociaciones de regantes y ecologistas, que la critican duramente tanto en sus formas como en su contenido.
La Federación Nacional de Comunidades de Regantes (Fenacore) ha iniciado una ronda de contactos políticos, con el fin de instar a los presidentes de las comunidades autónomas y al Defensor del Pueblo a interponer recursos de inconstitucionalidad contra el apartado 2 del artículo 94 de la Ley de Aguas que reconoce el traspaso a Andalucía, Aragón y Cataluña de las competencias sobre el Dominio Público Hidráulico (DPH).
Tras conocer la convalidación en el Congreso del Real Decreto por el que se reforma el texto refundido de la Ley, la Federación ha confirmado que hará extensiva esta apelación a los parlamentos autonómicos, así como a un centenar de diputados y senadores, llegando de esta forma a todos los políticos habilitados para poner en marcha la herramienta jurídica que declare nula esta norma que, aseguran, atenta "en forma y fondo" contra la Carta Magna.
En su opinión, todo hace indicar que a poco más de un mes para que finalice la encomienda transitoria que el Gobierno otorgó a la Junta de Andalucía para la gestión del Guadalquivir tras la sentencia del Constitucional ambos trabajan a "contrarreloj" para encontrar el modelo adecuado que permita a esta región recuperar el control de la cuenca, obviando acatar las sentencias existentes.
La Federación recuerda que tanto el Tribunal Supremo como el Constitucional anularon este verano las competencias de Andalucía sobre el Guadalquivir reflejadas en su Estatuto de Autonomía, lo que pone de manifiesto que cualquier pretensión de territorializar la gestión del agua a través de arquitecturas jurídicas o estrategias legales debe ser igualmente invalidada.
Por otro lado, la modificación no ha sido llevada a consulta ni al Consejo Asesor de Medio Ambiente ni al Consejo Nacional del Agua, organismo que debería haber emitido un informe preceptivo al respecto, tal y como marca la propia Ley de Aguas en su artículo 20.
Además, consideran que la reforma se ha sacado adelante vulnerando los derechos fundamentales de los ciudadanos, sin contar con los usuarios ni el resto de administraciones afectadas por la medida, como es el caso de Extremadura, Castilla-La Mancha y Murcia, vulnerando el artículo 8 del Convenio de Aarhus sobre acceso a la información y participación pública en la toma de decisiones y acceso a la justicia en temas medioambientales de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa.
Finalmente, Fenacore recuerda que el Dominio Público Hidráulico no es susceptible de transferencia ni delegación y así se recoge en el artículo 149.1.22 de la Constitución, donde se establece que el Estado tiene competencia exclusiva sobre el control, inspección y vigilancia de las concesiones y de las explotaciones de todos los aprovechamientos de aguas públicas.
Por su parte, la Asociación de Comunidades de Regantes de Andalucía (Feragua) ha instado a los presidentes de Extremadura, Murcia y Castilla-La Mancha a que soliciten la convocatoria urgente del Consejo Nacional del Agua y les ha pedido que hagan todo lo posible por frenar esta reforma, que consideran un atropello a las sentencias del Constitucional y del Supremo, "surgido exclusivamente del acuerdo bilateral entre dos administraciones, la andaluza y la central, en sus desesperados intentos por no acatar el pronunciamiento de los tribunales sobre el Guadalquivir".
Los principales grupos ecologistas con representación en el Consejo Asesor de Medio Ambiente rechazan también esta reforma al considerar que es anticonstitucional, rompe la unidad de cuenca y presenta graves irregularidades formales. Por ello, WWF, SEO/BirdLife, Greenpeace, Ecologistas en Acción y Amigos de la Tierra, exigen la retirada del real decreto y un debate público sobre la política de aguas de este país.