26/03/2020
Esta ampliación afecta a las producciones y ámbitos que, de acuerdo con las peticiones realizadas por los representantes del sector, resulta necesaria como las producciones de uva para vinificación, cereza, cultivos forrajeros, cultivos industriales textiles y no textiles y uva de mesa.
Además, se amplía por el mismo periodo el plazo para poder realizar modificaciones de las declaraciones de seguro.
El MAPA señala que, “con carácter general, la contratación de seguros agrarios se está desarrollando con normalidad, ya que se realiza de forma telemática, casi en su totalidad, por los tomadores y distribuidores de seguros”. También recuerda que el real decreto por el que se declara el estado de alarma contempla expresamente la posibilidad de realizar desplazamiento a entidades financieras y de seguros, y de que el pago se haga mediante domiciliación bancaria.
“El Sistema de Seguros Agrarios Combinados es la principal herramienta para la gestión de riesgos en el sector agrario. Se caracteriza por su agilidad y dinamismo para adaptarse a las circunstancias”, indica el comunicado del departamento.