03/04/2019
La entidad producía grano de las variedades protegidas Berdún y Chambo para su posterior comercialización entre los agricultores tras falsificar las etiquetas y presentar el producto como semilla certificada.
Además de la pena de prisión impuesta a su representante legal, la sociedad deberá pagar una multa de 15.512 euros, así como hacer frente a la suspensión por un año de su actividad en la prestación de servicios de acondicionamiento del grano para la siembra.
La otra condena está dictada por el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Carrión de los Condes (Palencia) en contra del representante legal de una entidad acondicionadora del grano para la siembra y refleja una pena de 8 meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y pago de indemnización por los daños y perjuicios causados, así como el pago de las costas procesales.
El condenado procedía al acondicionamiento para la siembra de grano de diferentes variedades vegetales, que posteriormente comercializaba entre los agricultores de la zona a un precio inferior al de la semilla certificada.
“La reproducción y producción no autorizada de variedades de cereales protegidas constituye un grave problema en las zonas cerealistas españolas”, han señalado fuentes de la agrupación Geslive (Gestión de Licencias Vegetales). “Este fraude masivo tiene nefastas consecuencias no solo para los obtentores de nuevas variedades vegetales, a los que se están causando pérdidas multimillonarias cada año, sino también para todo el conjunto del sector. Con este tipo de prácticas ilegales se daña la imagen de la producción española en el extranjero y se pone en riesgo la seguridad para el consumidor, pues este material clandestino, fuera del sistema oficial de control y certificación, no solo no ofrece ninguna garantía de que pertenezca verdaderamente a la variedad que se indica, sino que adolece de garantías acerca de su pureza varietal y de sus condiciones fitosanitarias”.
Tras la modificación efectuada en el Código Penal, por la Ley 1/2015 de fecha 30 de marzo, la explotación no autorizada de variedades vegetales protegidas constituye un delito castigado hasta con tres años de prisión.