29/07/2021
La homologación de los contratos-tipo se ha realizado a propuesta de la Organización Interprofesional del Vino de España (OIVE). El objetivo de esta medida es mejorar el funcionamiento, la estabilidad y la transparencia de la cadena de valor vitivinícola, y los contratos homologados serán de aplicación en el conjunto del territorio nacional.
Los contratos-tipo de compraventa de uva con destino a su transformación en vino y contrato tipo de compraventa de vino se han homologado de conformidad con el régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios. Su contenido se ajusta a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
Entre otras cláusulas, los contratos tipo establecen el objeto, el precio, la forma de pago, condiciones de pago y entrega, calidad, trazabilidad, duración y prórroga, así como la forma de resolver las controversias.
Las órdenes que regulan esta homologación establecen un sistema de resolución de conflictos a través del procedimiento de conciliación y vista previa ofrecido por OIVE.